Resolución 1843 de 2025, regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo de las historias clínicas ocupacionales.
07.05.2025
- Objeto: Regular la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo de las historias clínicas ocupacionales.
- Ámbito de Aplicación: Aplica a todos los empleadores, empresas, contratantes, trabajadores, entidades administradoras de riesgos laborales, y prestadores de servicios de medicina, seguridad y salud en el trabajo.
Definiciones Clave
- Evaluación Médica Ocupacional: Examen médico para monitorear la exposición a factores de riesgo y determinar consecuencias en la salud del trabajador.
- Historia Clínica Ocupacional: Documento confidencial que registra las condiciones de salud del trabajador y las evaluaciones médicas ocupacionales.
- Consentimiento Informado: Aceptación libre y consciente del trabajador para someterse a evaluaciones médicas.
Responsabilidades
Prestadores de Servicios de Medicina de Seguridad y Salud en el Trabajo:
- Garantizar condiciones óptimas de infraestructura.
- Proporcionar servicios con calidad, continuidad, integralidad y equidad.
- Emitir recomendaciones o restricciones laborales claras.
- Entregar al empleador un diagnóstico general de salud de la población trabajadora.
Empleadores y Contratantes:
- Asumir el costo de las evaluaciones médicas y pruebas complementarias.
- Realizar y programar evaluaciones médicas ocupacionales periódicas.
- Informar a los prestadores de servicios de medicina los perfiles de cargos.
- Implementar sistemas de vigilancia epidemiológica.
- Adaptar las condiciones de trabajo según las recomendaciones médicas.
Administradoras de Riesgos Laborales (ARL):
- Brindar asistencia técnica a las empresas afiliadas.
- Desarrollar programas de promoción, prevención y control de riesgos laborales.
Trabajadores:
- Procurar el cuidado integral de su salud.
- Suministrar información clara y veraz sobre su estado de salud.
- Cumplir las normas y reglamentos del SG-SST.
Tipos de Evaluaciones Médicas Ocupacionales
- Evaluación Médica de Pre-ingreso: Determinar las condiciones de salud antes de la contratación.
- Evaluaciones Médicas Periódicas: Monitorear la exposición a factores de riesgo.
- Evaluación Médica de Egreso: Valorar las condiciones de salud al terminar la relación laboral.
- Evaluación Médica por Retorno Laboral: Determinar la compatibilidad de las condiciones de salud con las exigencias del cargo.
- Evaluación Médica Post-Incapacidad: Exámenes clínicos y paraclínicos después de un periodo de incapacidad.
- Evaluación Médica de Seguimiento o Control: Verificar la evolución de una condición de salud.
Pruebas Específicas y Medidas Antidiscriminatorias
- Pruebas de Embarazo, VIH y Serología: Prohibidas como requisito para el acceso o permanencia en cualquier actividad laboral, salvo en casos específicos con riesgos reales.
- Pruebas de Alcoholemia y Sustancias Psicoactivas: Dirigidas a acciones de prevención de accidentes y enfermedades laborales.
Historia Clínica Ocupacional
- Contenido: Debe incluir datos de identificación, resultados de evaluaciones, diagnósticos, recomendaciones y restricciones.
- Custodia y Entrega: Responsabilidad de las instituciones prestadoras de servicios de medicina en seguridad y salud en el trabajo.
Disposiciones Finales
- Inspección, Vigilancia y Control: Realizada por el Ministerio del Trabajo y otras entidades competentes.
- Sanciones: Por incumplimiento de las disposiciones de la resolución.
- Vigencia y Derogatorias: Deroga varias resoluciones anteriores y entra en vigencia a partir de su publicación.
Encuentra el documento oficial en el el siguiente enlace: https://drive.google.com/file/d/1RsP88jKkUivJaUr5KpGdPQHHOJ6gJNHa/view?usp=drive_link